ARAMBURU, SALDÍVAR, VÁZQUEZ, RODARTE Y MORENO | Plática del Sr. Ministro José Ramón Cossío Díaz
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Plática del Sr. Ministro José Ramón Cossío Díaz

El día 26 de Marzo de 2015, el Ministro José Ramón Cossío Díaz estuvo presente en la sesión-comida de la Comisión de Derecho Constitucional, Derechos Humanos y Amparo de la Barra Nacional de Abogados en el University Club. Su exposición se desarrolló mediante la formulación de la siguiente pregunta al Sr. Ministro: “¿De qué manera los derechos fundamentales contribuyen para que las resoluciones jurisdiccionales tengan una mayor congruencia con el sistema jurídico en su integridad?”El Ministro José Ramón Cossío, inició su exposición estableciendo que en la actualidad existe un déficit analítico en materia de derechos humanos, tanto en el ámbito académico como en la práctica profesional.El expositor se refirió a las trascendentes modificaciones realizadas al artículo primero constitucional con la reforma de junio de 2011: 1. El cambio central en el objeto, estableciendo que todas las personas gozarán de todos los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en todos los tratados internacionales (no sólo de derechos humanos) de los que el Estado Mexicano sea parte, lo que implica una enorme cantidad de derechos que constituyen elementos de regularidad normativa; 2. La necesidad de maximizar estos derechos de fuente constitucional o convencional pro persona, ampliándolos y desarrollándolos; 3. El establecimiento en el párrafo tercero del artículo primero, de condiciones específicas para el respeto y protección de estos derechos –universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad-, y de la obligación de reparación.El señor Ministro apuntó que lo anterior constituye uno de los cambios constitucionales más importantes que se han dado, en virtud de lo cual, considerando el amplio conjunto de derechos humanos de nuestro sistema y la apertura del juicio de amparo, tenemos uno de los sistemas más potentes de control de constitucionalidad.

Sin embargo, no hemos alcanzado una construcción jurídica de los derechos humanos. En la doctrina no hay expresiones concretas de esta construcción y en la práctica profesional existen pocos planteamientos. El señor Ministro destacó que las áreas en las que se ha presentado un mayor desarrollo en materia de derechos humanos son la materia penal y familiar; asimismo comentó que existe muy poco ejercicio del control difuso, son muy pocas las decisiones en las que se desaplica una norma por considerarla inconstitucional.

En cuanto a la manera en que la reforma debe impregnar la vida jurídica, destacó que “debemos como profesión, reconstituir el orden jurídico a través de interpretaciones constitucionales”. De lo contrario, podríamos perder esa gran oportunidad que se nos presenta.

Destacó que la reforma presenta un lado sustancial y otro procedimental, lo cual genera el peligro de que la definición de lo procesal haga perder tiempo en la definición de lo sustancial.

Sugirió que en las demandas de amparo se incluya una parte en la que se defina con claridad, el efecto que debe tener la sentencia estimatoria, de tal manera que la restitución se traduzca en un verdadero beneficio para el afectado.

Finalmente, el Ministro señaló que nos encontramos en una etapa de tránsito, una etapa complicada en la que todavía estamos asimilando los importantes cambios introducidos con la reforma de junio de 2011, y que seguramente con el tiempo iremos avanzando en el desarrollo de una construcción jurídica de los derechos humanos.



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